Un contratista de la falta de registro correctamente es un delito en virtud del Derecho de Nueva Jersey
17 de diciembre de 2007 por Joshua M. Marcas, Lcdo. | 5 Comentarios | Archivado en Derecho Inmobiliario, RehabbingEn julio de 2006, contrató a Eric Martin KORAB Rowland, un contratista, después de ver uno de los anuncios del Sr. KORAB bajo el nombre de "Mercurio Woods Carpintería" en la guía telefónica. Sr. Rowland dio Sr. KORAB una propuesta por escrito, junto con un diagrama que detalla un cuarto de baño proyecto de renovación, y aceptó un depósito de $ 3.750,00 al Sr. KORAB firma la propuesta.

Posteriormente, el Sr. Rowland intentó solicitar un permiso de trabajo y fue rechazado por el de Hillsborough, Nueva Jersey Edificio Departamento porque no registrarse como un contratista con los de Nueva Jersey División de Asuntos del Consumidor. Cuando el Sr. KORAB preguntó por su depósito de dinero de vuelta, el Sr. Rowland se negó a cumplir el argumento de que deben ser compensados por su tiempo y su trabajo en la elaboración y aplicación de los planes para el permiso de trabajo. Sr. KORAB llamó a la policía, que determinó que, ni el Sr. Rowland ni Carpintería Mercurio Woods era un contratista registrado. Sr. Rowland informó a la policía que tiene conocimiento de la obligación de registro impuestas por la ley de Nueva Jersey. Sr. Rowland posteriormente fue acusado, por medio de la acusación, de violar la Ley de registro del contratista, NJSA 56:8-136 y ss.
La Ley de registro del contratista fue aprobado en 2004 (y entró en vigor el 31 de diciembre de 2005) y establece que "ninguna persona podrá ofrecer a realizar, o hacer o intentar participar en el negocio de hacer mejoras al hogar o la venta a menos que el registrado en División de Asuntos del Consumidor, de conformidad con las disposiciones de esta ley ". [NJSA 56:8-138 (a)] La promulgación de esta ley fue una nueva ampliación de la Legislatura de Nueva Jersey, la misión de proteger a los consumidores de los comerciantes fraudulentos y asegurar la seguridad pública-en este caso, de los contratistas que operaban sin licencias, seguros correspondientes, y se estaban llevando a los pueblos dinero sin realizar los servicios para los cuales fueron contratados.
A pesar de que esta ley prevé la reglamentación de socorro, sino que también establece que podrán ser objeto de violaciónes en el marco de la Nueva Jersey Ley del Consumidor contra el Fraude (NJSA 56:8-1 y ss.), O por medio de la persecución penal. La parte pertinente del Estatuto dice: "Además de cualquier otra sanción prevista por la ley, una persona que a sabiendas viola cualquiera de las disposiciones de esta ley es culpable de un delito de cuarto grado." [NJSA 56:8-146] . Es por su falta de registro con el Departamento de Asuntos del Consumidor de que el Sr. Rowland fue acusado de un delito cuarto grado en virtud de esta disposición de la ley.
El juez de la División de Derecho (que es el tribunal de primera instancia en Nueva Jersey), desestimó la acusación contra el Sr. Rowland porque el juez interpretó que la ley que obliga al Estado a demostrar que el Sr. Rowland sabía que su conducta violó la ley. Dado que la acusación no contiene ninguna evidencia de esos conocimientos, el juez argumentó que la acusación no podía soportar.
El Estado hizo un llamamiento a la División de Apelaciones en Nueva Jersey, alegando que el juez de primera instancia interpretó erróneamente la Ley de registro del contratista, y, el Estado afirmó que no es un requisito para demostrar que el Sr. Rowland tenía conocimiento de la ley.
Al adoptar su decisión en favor del Estado, de la División de Apelaciones determinó que la ignorancia de la ley es irrelevante. La base de que la conducta está prohibida por la ley, y los elementos que constituyen el delito de cuarto grado, son: 1.) La realización de mejoras en el hogar-negocio, y 2.) No se haya registrado ante la División de Asuntos del Consumidor. Sr. Rowland sostuvo que sin ninguna prueba de que se le dio aviso de la ley, su enjuiciamiento en virtud de la ley es una violación del debido proceso. Confiar en los demás casos que han encontrado las leyes de registro de empresas muy común en los estados con el fin de proporcionar la seguridad pública, el Tribunal desestimó el argumento del Sr. Rowland que se le está negando el debido proceso. La División de Apelaciones revocó la orden del tribunal de primera instancia para desestimar la acusación contra el Sr. Rowland y devolvió el caso para su enjuiciamiento.
Este caso envía un mensaje claro en Nueva Jersey: Inicio de mejoramiento de los contratistas deben estar registrados con la División de Asuntos del Consumidor o enfrentar la posibilidad de sanciones penales. Si bien esto puede parecer duro, sobre todo teniendo en cuenta el hecho de que los contratistas tendrán que rendir cuentas, sean o no conscientes de la obligación de registro, la finalidad es proteger a los consumidores a causa de inescrupulosos y contratistas.
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Etiquetas: contratista, contratista de la ley, los tribunales, la vivienda, el derecho, la jurídica, la inversión inmobiliaria, Derecho Inmobiliario










































